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Sistema para informar a la autoridad del trabajo.
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El dia 1 de agosto se publicó en el DOF el acuerdo para el sistema de información a la autoridad en el cual se reportará el nivel de cumplimiento de las condiciones generales de trabajo, capacitación, adiestramiento, seguridad y salud.
Consiste en la creación de una plataforma online, la cual se ubica en la siguiente pagina: http://cumplilab.stps.gob.mx/, mediante el sitio, cualquier centro de trabajo podrá auto evaluarse en el cumplimiento de los siguientes rubros:
I. Condiciones Generales de Trabajo;
II. Capacitación y Adiestramiento, y
III. Seguridad y Salud.
Es importante mencionar que aquellos centros de trabajo que obtengan el acuse en la materia correspondiente, se les exceptuará por un año la realización de visitas de inspección ordinarias.
La Secretaría deberá expedir los lineamientos de operación y funcionamiento del Sistema dentro de los sesenta días posteriores a la entrada en vigor del presente ordenamiento.
Link: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5492491&fecha=01/08/2017
PROY-NOM-005-STPS-2017
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El día 22 de Junio del 2017, se publicó el proyecto de la nueva versión de la NOM-005-STPS-1998
PROY-NOM-005-STPS-2017
Manejo de sustancias químicas peligrosas o sus mezclas en los centros de trabajo-Condiciones y procedimientos de seguridad y salud
Entre los cambios más relevantes, se observaron los siguientes:
1. Realizar análisis de riesgo de las sustancias químicas químicas peligrosas o sus mezclas que se manejen en el centro de trabajo-
- Recomienda uso de guía "A" para realizar el análisis, los métodos de la NOM-028-STPS-2012, o cualquier método que use el centro de trabajo.
-Para complementar el análisis se recomienda el uso de la guía B "Identificación de los factores de riesgo inherentes a las sustancias químicas y a las áreas de trabajo".
-El análisis de riesgo se debe actualizar cada 5 años, si no han presentado cambios en el proceso.
2. Capacitar y adiestrar a los trabajadores designados para atender emergencia por liberación de sustancias químicas peligrosas.
3. Se establece lo que debe contener el procedimiento de seguridad, en lo que refiere a manejo, almacenamiento, limpieza, descontaminación, emergencias, y confinamiento de los residuos de Sustancias químicas peligrosas, la norma anterior no indicaba pautas para documentar el procedimiento.
4. Indica las medidas de almacenamiento sustancias químicas, describe las condiciones del almacén, así como de los diques y charolas de contención.
5. Contiene medidas de aplicación específicas para sustancias químicas con caracteristicas de explosividad, inflamables, combustibles, comburentes, así como, reactivas.
6. En el Apendice I, contiene tabla de incompatibilidad para llevar a cabo su almacenamiento.
Se recomienda contar con un plan de acción previo al cambio de la norma, en la que se tomen como puntos relevantes los antes mencionados e ir trabajando en ellos.
Link a la publicación: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5487743&fecha=22/06/2017
Si requieres apoyo contactanos.
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Reglamento para el transporte Seguro del material Radiactivo
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Reglamento para el transporte Seguro del material Radiactivo
El día 10 de abril del 2017, se publicó el Reglamento para el transporte Seguro de Material Radiactivo.
Dentro de los requisitos se menciona, cuando se transporten materiales radiactivos el vehículo se marcara en su exterior con la etiqueta de la categoría que corresponda.
Además, contiene la clasificación de los materiales radiactivos, así como las autorizaciones y los seguros para el vehículo que realiza el transporte.
Se incluyen las infracciones o multas en el artículo 101.
El reglamento entrará en vigor en el mes de Junio del año en curso.
NOM-035-STPS-2016
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Factores de riesgo psicosocial-Identificación y prevención.
El día 26 de Octubre del 2016, se realizó la publicación del proyecto de la NOM-035, la cual establecerá cumplimientos referentes a los riesgos psicosociales.
Hasta la fecha no existía regulaciones específicas para determinar los riesgos psicosociales, por lo que debido a la entrada de esta norma, es ampliamente recomendable que las organizaciones inicien actividades previo a la publicación de la Norma, tomando como referencia las encuestas que se encuentran en las guías de las referencias anexas e implementando un plan de control en base a los resultados obtenidos, esto con la finalidad de contar con un mejor ambiente laboral.
Se hace mención que la Norma entraría en vigor al año de su publicación oficial.
Link: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5458430&fecha=26/10/2016
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