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Verificaciones estructurales después de sismo

Con base a la NOM-001-STPS-2008,  después de que ocurra un evento que pueda generar daños al centro de trabajo, se debe realizar una verificación de las condiciones estructurales: 

5.3 Efectuar verificaciones oculares posteriores a la ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños al centro de trabajo y, en su caso, realizar las adecuaciones, modificaciones o reparaciones que garanticen la seguridad de sus ocupantes.

De tales acciones registrar los resultados en bitácoras o medios magnéticos. Los registros deben conservarse por un año y contener al menos la fecha de la verificación, el tipo de evento, los resultados de las verificaciones y las acciones correctivas realizadas.

 

 

Sistema para informar a la autoridad del trabajo.

El dia 1 de agosto se publicó en el DOF el acuerdo para el sistema de información a la autoridad en el cual se reportará el nivel de cumplimiento de las condiciones generales de trabajo, capacitación, adiestramiento, seguridad y salud.

Consiste en la creación de una plataforma online, la cual se ubica en la siguiente pagina: http://cumplilab.stps.gob.mx/, mediante el sitio, cualquier centro de trabajo podrá auto evaluarse en el cumplimiento de los siguientes rubros:

I.      Condiciones Generales de Trabajo;

II.     Capacitación y Adiestramiento, y

III.    Seguridad y Salud.

Es importante mencionar que  aquellos centros de trabajo que obtengan el acuse en la materia correspondiente, se les exceptuará por un año la realización de visitas de inspección ordinarias.

 La Secretaría deberá expedir los lineamientos de operación y funcionamiento del Sistema dentro de los sesenta días posteriores a la entrada en vigor del presente ordenamiento.

 

Link: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5492491&fecha=01/08/2017

 

PROY-NOM-005-STPS-2017

 

El día 22 de Junio del 2017, se publicó el proyecto de la nueva versión de la NOM-005-STPS-1998 

 

PROY-NOM-005-STPS-2017

Manejo de sustancias químicas peligrosas o sus mezclas en los centros de trabajo-Condiciones y procedimientos de seguridad y salud 

 

Entre los cambios más relevantes, se observaron los siguientes:

1. Realizar análisis de riesgo de las sustancias químicas químicas peligrosas o sus mezclas que se manejen en el centro de trabajo-

- Recomienda uso de guía "A" para realizar el análisis, los métodos de la NOM-028-STPS-2012, o cualquier método que use el centro de trabajo.

-Para complementar el análisis se recomienda el uso de la guía B  "Identificación de los factores de riesgo inherentes a las sustancias químicas y a las áreas de trabajo".

-El análisis de riesgo se debe actualizar cada 5 años, si no han presentado cambios en el proceso.

2. Capacitar y adiestrar a los trabajadores designados para atender emergencia por liberación de sustancias químicas peligrosas.

3. Se establece lo que debe contener el procedimiento de seguridad, en lo que refiere a manejo, almacenamiento, limpieza, descontaminación, emergencias, y confinamiento de los residuos de Sustancias químicas peligrosas, la norma anterior no indicaba pautas para documentar el procedimiento.

4. Indica las medidas de almacenamiento sustancias químicas, describe las condiciones del almacén, así como de los diques y charolas de contención.

5. Contiene medidas de aplicación específicas para sustancias químicas con caracteristicas de explosividad, inflamables, combustibles, comburentes, así como, reactivas.

6.  En el Apendice I, contiene tabla de incompatibilidad para llevar a cabo su almacenamiento.

Se recomienda contar con un plan de acción previo al cambio de la norma, en la que se tomen como puntos relevantes los antes mencionados e ir trabajando en ellos.

Link a la publicación:  http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5487743&fecha=22/06/2017

Si requieres apoyo contactanos.

Tel. (442) 312 01 02

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Reglamento para el transporte Seguro del material Radiactivo

Reglamento para el transporte Seguro del material Radiactivo

El día 10 de abril del 2017, se publicó el Reglamento para el transporte Seguro de Material Radiactivo.

Dentro de los requisitos se menciona, cuando se transporten materiales radiactivos el vehículo se marcara en su exterior con la etiqueta de la categoría que corresponda.

Además, contiene la clasificación de los materiales radiactivos, así como las autorizaciones y los seguros para el vehículo que realiza el transporte.

Se incluyen las infracciones o multas en el artículo 101.

El reglamento entrará en vigor en el mes de Junio del año en curso.