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Verificaciones estructurales después de sismo

Con base a la NOM-001-STPS-2008,  después de que ocurra un evento que pueda generar daños al centro de trabajo, se debe realizar una verificación de las condiciones estructurales: 

5.3 Efectuar verificaciones oculares posteriores a la ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños al centro de trabajo y, en su caso, realizar las adecuaciones, modificaciones o reparaciones que garanticen la seguridad de sus ocupantes.

De tales acciones registrar los resultados en bitácoras o medios magnéticos. Los registros deben conservarse por un año y contener al menos la fecha de la verificación, el tipo de evento, los resultados de las verificaciones y las acciones correctivas realizadas.